martes, 27 de enero de 2015

CASO UNO


Federico es aprendiz de un programa de formación de nivel técnico en el SENA en modalidad virtual y a distancia. Hace cuatro meses inició su proceso de formación y su instructor le ha solicitado que visite una empresa para observar el es­pacio donde permanece la maquinaria y para que analice el mantenimiento que se le hace a la misma.  Federico llega a la empresa a efectuar la visita planeada, pero el jefe de mantenimiento le solicita que presente el car­né personal que lo acredita como aprendiz SENA.  Federico manifiesta que nunca ha tenido carné y que en dos oportunidades se lo ha solicitado a la líder de bienestar, ella le ha explicado que los carnés son para los aprendices de la modalidad presencial.

De acuerdo con el Reglamento de Aprendices en lo que respecta a los derechos, proporcione una respuesta argumentada a los siguientes cuestionamientos:
1. ¿Qué respuesta la daría usted a Federico y en qué capítulo del Reglamento se basaría?
2. En relación con la líder de bienestar, ¿qué opina acerca de la respuesta que le dio la funcionaria al aprendiz? ¿Fue acertada o equivocada? Expliqué por qué.
Analice el caso descrito y proponga una solución. Publique el resultado del análisis y el respe - estas a los interrogantes planteados en el blog que ha creado. Una vez completada la actividad, envíe el enlace del blog por medio del espacio de carga de evidencias disponible en la plataforma virtual para que su tutor pueda hacer la retroalimentación correspondiente.
R). Es importante tener en cuenta que el aprendiz SENA no es causa de discriminación en ningún programa y en ninguna modalidad como lo estipula el ARTÍCULO 3. Se considera aprendiz SENA a toda persona matriculada en los programas de formación profesional de la entidad, en cualquier tipo de formación: Titulada o Complementaria, desde las diferentes modalidades Presencial, Virtual o Combinada, por consiguiente debe ser consciente y vivenciar que derechos y deberes son correlativos e inseparables en su proceso formativo.
Además en los derechos del estudiante y en el número 4 dice: Recibir en el momento de la legalización su matrícula, el carné que lo acredite como Aprendiz del SENA.

Además en los deberes número 14 del reglamento dice: Portar permanentemente y en lugar visible el carné que lo identifica como Aprendiz SENA, durante su proceso de aprendizaje, renovarlo de acuerdo con las disposiciones vigentes y devolverlo al finalizar el programa o cuando se presente retiro, aplazamiento o cancelación de la matrícula. En caso de pérdida de carné, el aprendiz debe formular la denuncia correspondiente, tramitar el duplicado y cancelar el valor respectivo con base en la normatividad dada por Dirección General.

Teniendo en cuenta estos artículos y deberes derechos del aprendiz SENA es importante que Federico haga caso a esto para hacerlos cumplir antes las respectivas directas y con respecto a la respuesta de las directivas del bienestar es importante tomar algunas medidas en la calidad de la información que suministra y que por consiguiente la información que suministra es equivocada, pero también es importante repensar las condiciones en las que se encuentran porque el reglamento no especifica claramente cuando un estudiante es de modalidad virtual en el centro del Amazonas y él se encuentra estudiante desde la Costa Atlántica, no sabríamos como seria la respectiva entrega del cante si el centro más cercano de vivienda lo expide o si tiene que enviarlo desde el centro de formación directamente, pero lo que está claro es que todos los estudiante del SENA no importando su modalidad tienen el derecho de tener y deber de portar el respectivo carnet.


CASO DOS


 El instructor les ha manifestado a tres aprendices del progra­ma de formación Tecnología en Contabilidad y Finanzas que deben traer la cédula de ciudadanía, porque cuando ingresa­ron a la institución, lo hicieron con tarjeta de identidad y ya hace un año cumplieron la mayoría de edad, lo que significa que este documento ya no es válido.

 Adicionalmente, a pesar de que tienen un plan de mejora­miento, no han cumplido con este y uno de ellos no quiere participar en salidas técnicas.

 Además el Tutor encontró que personas ajenas al curso están ingresando a la plataforma virtual con el usuario y la contra­seña de uno de ellos. El instructor le solicita al representante de los aprendices que les ayude a identificar en qué parte del reglamento se está fallando.

De acuerdo con el Reglamento de Aprendices en lo que respecta a los deberes, proporcio­ne una respuesta argumentada a los siguientes cuestionamientos:
1. ¿En qué capitulo y en qué artículos se debe apoyar el representante para que los aprendices identifiquen sus faltas?
2. ¿Qué dice dicho reglamento frente a la responsabilidad de los datos básicos actualizados?
3. ¿Están obligados lo aprendices a participar en la visita técnica?
Analice el caso descrito y responda según lo requerido. Publique el resultado del análisis y sus respuestas en el blog que ha creado. Notifique a su instructor oportunamente para que evalúe la evidencia presentada.

R).  en lo que respecta mi opinión esto más que una incertidumbre de cuestión ética están cometiendo actos delictivos muy graves por que las personas que están apoyando estas acciones están atentando contra la constitución política de nuestro país donde dice que no se debe suplantar ni falsificar los documentos públicos y esto es lo que prácticamente hacen están suplantando a una persona pero estas faltas las deñen regular directamente la institución encarga de su formación, teniendo en cuenta que ellos están violando el articulo general número 4 que dice: ARTÍCULO 4. El aprendiz SENA es protagonista de su formación profesional Integral cuya constante debe estar orientada a un buen ser humano y buen ciudadano, solidario, líder, emprendedor, creativo y libre pensador con capacidad crítica. Por lo cual deber ser una persona autónoma y coherente con su formación. Y para ello los estudiantes que infrinjan deben remitirse directamente al capítulo IV tema de prohibiciones artículo 10:

ARTÍCULO 10°. Se considerarán prohibiciones para los aprendices del SENA, las siguientes:
1. Plagiar materiales, trabajos y demás documentos generados en los grupos de trabajo o producto del trabajo en equipo institucional, así como las fuentes bibliográficas consultadas en los diferentes soportes.
2. Terminar unilateralmente el contrato de aprendizaje, sin el visto bueno del empleador y del SENA.
3. Incumplir con las actividades de aprendizaje acordadas y los compromisos adquiridos como aprendiz SENA, sin justa causa.
4. Realizar fraude en evaluaciones, en el proceso de aprendizaje o en concursos, juegos o competencias de cualquier carácter.
5. Aportar documentación o información que difiera con la real, para el ingreso a la entidad o para obtener cualquier beneficio de la misma.
6. Fumar en áreas no permitidas en el centro de formación, así como ingresar, comercializar, promocionar, ingerir o suministrar bebidas alcohólicas o sustancias psicoactivas, dentro de las instalaciones del SENA, o ingresar a la entidad en estado que indique alteraciones ocasionadas por el consumo de éstos.
7. Ingresar o portar armas, objetos corto-punzantes, explosivos u otros artefactos que representen riesgo o puedan ser empleados para atentar contra la vida o la integridad física de las personas, para destruir o deteriorar la planta física o los bienes del SENA o de las instituciones con las cuales se adelanten actividades de aprendizaje, culturales, recreativas, deportivas y sociales.
Los miembros de la fuerza pública y organismos de seguridad del Estado, que se encuentren en un proceso de aprendizaje, no podrán portar armas en el Centro de Formación.
8. Utilizar el nombre del SENA, las instalaciones o campos virtuales, para actividades particulares o con ánimo de lucro, exceptuando aquellas que sean parte de proyectos productivos aprobados por el Subdirector de Centro o la instancia competente.
9. Hurtar, estafar o abusar de la confianza de cualquier integrante de la comunidad educativa, o amenazarlo, sobornarlo, coaccionarlo o agredirlo verbal o físicamente, o ser cómplice o coparticipe de delitos contra ellos o contra la institución.
10. Contribuir al desorden y/o al desaseo.
11. Destruir, sustraer, dañar total o parcialmente instalaciones físicas, equipos, materiales, software, elementos y dotación en general del SENA o de instituciones, empresas u otras entidades donde se desarrollen actividades de aprendizaje, culturales, recreativas, deportivas y sociales o intercambios estudiantiles nacionales o internacionales.
12. Obstaculizar el ingreso a las instalaciones de los Centros de Formación y/o perturbar el desarrollo normal de las actividades de aprendizaje, liderando o apoyando este tipo de actos en oficinas, ambientes de aprendizaje, zonas de descanso, bibliotecas y en general donde éstas se desarrollen.
13. Practicar o propiciar juegos de azar, rifas u otros como la cuija, etc., con miembros de la comunidad educativa, al interior de las instalaciones del SENA, sin autorización de la instancia competente.
14. Realizar acciones proselitistas de carácter político o religioso dentro de las instalaciones del SENA y demás ambientes donde se desarrollen actividades formativas, así como propiciar actos indecorosos, de acoso, maltrato físico y/o mental, o conductas que puedan afectar a cualquier miembro de la comunidad educativa.
15. Permanecer con el uniforme acordado para el programa de formación de la especialidad, en situaciones o lugares ajenos al proceso de aprendizaje, que deterioren la imagen institucional.
16. Generar, transmitir, publicar o enviar información confidencial, de circulación restringida, inadecuada, malintencionada, violenta, pornográfica, insultos o agresiones por los medios de comunicación físicos o electrónicos, disponibles para su proceso de aprendizaje.
17. Todo acto que sabotee, perturbe o impida las actividades de formación, administrativas y de bienestar que se realicen en la entidad o en los sitios donde se le represente.
18. Realizar comportamientos contrarios a la normativa SENA en lugares donde se adelanten eventos de formación nacional o internacional, que atenten contra la imagen del SENA o del país.
19. Incumplir con la fecha límite de reintegro al Centro de Formación después de haber participado en un programa de movilidad estudiantil nacional o internacional.
20. Incumplir las normas de convivencia establecidas en cada Centro de Formación o internado
21. Suplantar identidad durante el proceso de formación.
22. Ingresar o salir de cualquier instalación del Centro de Formación o de la entidad donde se desarrolle la formación, por sitios diferentes a la portería, saltando muros, cercas o violentando puertas, ventanas y cerraduras.
23. Alterar, adulterar, falsificar o sustraer documentos oficiales, calificaciones, evaluaciones o firmas correspondientes al SENA o emitidos por ella.
24. Elaborar escritos o mensajes satíricos, dibujar y/o escribir sobre cualquier superficie, objeto o mueble de las instalaciones donde se desarrollan programas de formación; o pegar avisos, carteles, pancartas o análogos en sitios no autorizados.
25. Propiciar conductas, propuestas o actos inmorales hacia cualquier miembro de la comunidad educativa, que atenten contra la integridad física, moral y/o psicológica.
26. Incumplir con las entrevistas o procesos de selección a los que ha sido citado por las empresas patrocinadoras para la consecución de su contrato de aprendizaje.
27. Cometer faltas en el desarrollo del contrato de aprendizaje que originen la finalización unilateral del contrato por parte de la empresa patrocinadora con justa causa y agotado el debido proceso.
28. Firmar contratos de aprendizaje sin realizar la gestión a través del Sistema Gestión Virtual de aprendices, o sin encontrarse registrado como aprendiz disponible en dicha plataforma.
29. Incumplir con la presentación de documentos establecidos en el sistema de gestión virtual de aprendices y los emitidos por la oficina de relaciones corporativas del Centro de Formación respectivo, para acceder al contrato de aprendizaje.

2. ¿Qué dice dicho reglamento frente a la responsabilidad de los datos básicos actualizados?

En los deberes del aprendiz artículo 9 minero 3 dice: Verificar en el sistema que sus datos básicos, se encuentren totalmente diligenciados y/o actualizarlos de acuerdo con el trámite administrativo correspondiente.

3. ¿Están obligados lo aprendices a participar en la visita técnica?


Claro que si estas son muy importante para el desarrollo formativo de cada uno de los interesados en los programas del SENA, por este motivo las visitas son una exigencia teniendo en cuenta los distintos esfuerzos que el programa realiza para tenerlas. 

sábado, 24 de enero de 2015

NEGOCIACIÓN INTERNACIONAL

El programa de Tecnólogo en Negociación Internacional se creó para brindar a los sectores de gobierno, educativo, productivo y comercial, la posibilidad de incorporar personal con altas calidades laborales y profesionales que contribuyan al desarrollo económico, social y tecnológico de su entorno y del país y así mismo ofrecer a los aprendices formación en las tecnologías de Ventas y Comercialización. El país cuenta con potencial productivo exportador en los sectores económicos, agrícola, industrial, comercial y de servicios y su fortalecimiento y crecimiento socio-económico tanto a nivel regional como nacional, dependen en gran medida de un recurso humano cualificado y calificado, capaz de responder integralmente a la dinámica del sector. El SENA ofrece este programa con todos los elementos de formación profesional, sociales, tecnológicos y culturales, metodologías de aprendizaje innovadoras, acceso a tecnologías de última generación, estructurado sobre métodos más que contenidos, lo que potencia la formación de ciudadanos librepensadores, con capacidad crítica, solidarios y emprendedores, con manejo de tecnologías en producción, logística, procesos de importación y exportación y servicio al cliente soportadas en herramientas de ERP, CRM, investigación de mercados y unidades productivas reales, que lo acreditan y lo hacen pertinente y coherente con su misión, innovando permanentemente de acuerdo con las tendencias y cambios tecnológicos y las necesidades del sector empresarial y de los trabajadores, impactando positivamente la productividad, la competitividad, la equidad y el desarrollo del país.